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COMO HACER SI TU INMUEBLE TIENE UNA HIPOTECA VIGENTE Y QUIERES VENDERLO

 

En la actualidad las ventas son de contado, lo que implica que hay una entrega total del precio  del inmueble por parte del comprador, amparando dicho pago, con la firma de una Promesa Bilateral de Compra Venta, entre propietario- vendedor y comprador, donde se puntualiza la fecha de firma del documento definitivo traslativo de la propiedad por ante  la Oficina de Registro respectiva.

Todo esto implica que el inmueble tenga toda la documentación al día.

Estos documentos incluye la liberación de hipotecas o posibles gravámenes que pesen sobre el inmueble en cuestión.

Es bueno aclarar en este punto, que hay que diferenciar el concepto de las expresiones:

-Cancelación de Hipoteca y Liberación de hipoteca.

La cancelación de la hipoteca, abarca la acción de pagar al acreedor hipotecario, el saldo insoluto del préstamo recibido.

La liberación de la hipoteca es el acto de firma ante la Oficina de Registro, por parte del apoderado  del acreedor hipotecario, declarando que el deudor no debe o no adeuda nada por concepto del préstamo recibido.

Cuando el financiamiento o el préstamo fue otorgado por un ente financiero, como por ejemplo: Banco, Cajas de Ahorros etc, lleva un proceso que se debe llevar a cabo de la mano con la institución.  Esto trae a colación, darnos un breve paseo si el caso o la hipoteca a liberar es con BANAVIH (Banco Nacional de Vivienda y Hábitat).

Para ello se requiere que el deudor hipotecario (Propietario del inmueble), una vez habiendo cancelado la totalidad del saldo del préstamo recibido, se dirija al Banco o Instituto Financiero, con la finalidad de solicitar el finiquito del financiamiento y  la emisión o redacción del documento de liberación de hipoteca; para ello el Banco o la Institución Financiero solicitará la relación de pagos de cotizaciones del FAOV desde el momento en que le fue concedido el financiamiento hasta la fecha de la cancelación del saldo del préstamo recibido, copia de cédula de identidad, copia de documento de propiedad y/o constitutivo del gravamen y la respectiva cancelación de los gastos de redacción del   documento de liberación.

El Banco o Instituto Financiero redacta el documento y lo remite  a las Oficinas de Banavih, a los fines de que se le dé el respectivo visto bueno y proceder a enviar a la Notaria para tomar la firma del apoderado, coordinando con el propietario del inmueble el pago  de los aranceles de Notaria.  Una vez autenticada la firma del apoderado de BANAVIH, este documento es entregado al propietario del inmueble para seguir el proceso de registro por ante la Oficina de Registro donde fue registrada la constitución del gravamen.

Una vez cumplido este proceso es que se puede decir que la hipoteca fue liberada y que el inmueble está libre de todo gravamen.

/mao.-

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